Demándalo por rendición de cuentas" es una frase común en el ejercicio profesional

Demándalo por rendición de cuentas" es una frase común en el ejercicio profesional
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Caracas, Mnpio. Libertador, Parrq. La Candelaria
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Guido Padilla
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08 may 2023
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abogado en Venezuela

abogado Ucv Litigante

Guido Padilla 0412 382 68 56

Especialista, Magíster Scientiarum, Phd Doctor en Derecho

https://youtu.be/9Hrvex4SutQ

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La  rendición de cuentas  es la obligación de hacer  que  contrae la persona  que  efectúa actos de administración o gestión por cuenta o interés ajeno.

Demándalo por rendición de cuentas" es una frase común en el ejercicio profesional. Pocos conocen los riesgos que hay al formar una sociedad. Al constituir una empresa se está aceptando por mandato legal, que todo negocio jurídico celebrado por cada socio puede ser revisado o cuestionado por los demás accionistas, incluso por el socio minoritario. El titular de acciones tiene derecho a demandar por rendición de cuentas a cualquier socio o administrador de la compañía.

¿Quiénes pueden ser los llamados a rendir cuentas?.

a) Tutores;

b) Curadores;

c) Socios;

d) Administradores;

e) Apoderados, y

f) Cualquier otro encargo de intereses ajenos.

Consecuencias para el demandado. Si se prueba que el Administrador malversó fondos y recursos ajenos tiene responsabilidad penal y puede ser sujeto al cumplimiento de una condena por los hechos ilícitos realizados. Consulta sin compromiso al 04123826856. Abogado Guido Padilla.

 


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